
En este artículo aclararemos los clásicos errores conceptuales y delimitaremos la valiosa figura de la Evaluación de Riesgos Laborales.
Dentro de la estructura organizativa de cualquier empresa se sabe existen unas obligaciones mínimas que se han de cumplir. Da igual que sean en mayor o en menor medidad. Pueden ser obligaciones fiscales, de seguridad social, medio ambientales o en general obligaciones legales marcadas por un contexto normativo claro. La mayoría de estas obligaciones se resumen en la aplicación de pagos o tramites documentales bien delimitados. Siempre en virtud a determinadas situaciones.
El caso de la Prevención de Riesgos Laborales es algo más complejo. El problema es que se suele querer simplificar para hacerlo claro y comprensivo. Es ahí cuando podemos perder la perspectiva y el buen hacer de esta disciplina tan importante.
Proceso y origen de la evaluación de riesgos laborales
El artículo 15 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales define los principios de la Acción Preventiva. Dichos principios son la base jerárquica de la actuación en materia de Prevención de Riesgos Laborales. Por otro lado, son los que determinan en resumidas cuentas que y en qué orden se debe actuar. Se presentan de la siguiente forma:- Evitar los riesgos.
- Evaluar los riesgos que no se puedan evitar.
- Combatir los riesgos en su origen.
- Adaptar el trabajo a la persona.
- Tener en cuenta la evolución de la técnica.
- Sustituir lo peligroso por lo que entrañe poco o ningún peligro.
- Planificar la prevención.
- Adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual.
- Dar las debidas instrucciones a los trabajadores.

Es necesario adoptar medidas preventivas en todas las fases de la actividad con el fin de evitar riesgos
Evaluación de riesgos laborales
El artículo 4.1 de la Ley 31/1995 de 8 de noviembre define la Evaluación de Riesgos Laborales como: “el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo”. La Evaluación de Riesgos Laborales busca minimizar y controlar los riesgos que no han podido ser eliminados en el primer apartado de la Acción Preventiva. Para ello, marcará un proceso jerárquico lógico que desarrollaremos de la siguiente forma:Identificar
Consistirá en determinar de forma clara la situación de peligro y riesgo con una o varias causas bien definidas. Volviendo al ejemplo anterior de la abertura o hueco en el suelo, se identificará el riesgo de caída a distinto nivel como consecuencia o causa de la existencia de una abertura o hueco sin posibilidad de eliminar.Evaluar
Una vez identificado el riesgo, procedemos a valorarlo. Para ello, recurriremos a una metodología de reconocido prestigio como pueda ser la del INSHT, en base a un sistema de probabilidad y consecuencia. Si determinamos que la abertura o hueco en el suelo implican una probabilidad Alta de caída a distinto nivel y una severidad Extremadamente Dañina, en base al método de evaluación nos determinará un riesgo Intolerable. Dependiendo del método la proporcionalidad de la respuesta podrá variar, pero en este caso implicará paralización inmediata de los trabajos hasta subsanar o reducir el riesgo de nivel. Para ello, pasaríamos al siguiente punto, no sin antes dejar claro que la Evaluación de Riesgo Laborales va aparejada a lo que se conoce como Medidas Preventivas.Medidas preventivas
Serán el conjunto de recomendaciones, pautas a seguir o exigencias requeridas al lugar de trabajo, equipos, maquinas, herramientas o puesto de trabajo para combatir o garantizar que este riesgo permanece en el nivel valorado en la Evaluación de Riesgos Laborales. También se las denomina como medidas que deben adoptarse para evitar estos riesgos.Planificar
Cuando a través de la Evaluación de Riesgos Laborales se considera que un riesgo, en base a la metodología, no está controlado y requiere de algún tipo de acción, pasamos a implementar acciones correctoras. Una acción correctora deberá mostrar de forma clara y concisa:- La actuación a desarrollar.
- Quien será el responsable de dicha acción.
- Coste económico estimado.
- Periodo o plazo de cumplimiento. Este plazo dependerá de la Evaluación de Riesgos Laborales. Puede pasar desde un plazo inmediato a plazos de incluso varios años.