TÉCNICO EN ASESORÍA JURÍDICA Y PREVENCIÓN LABORAL

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La asesoría jurídica y la prevención laboral es un área profesional que exige una continua especialización. Las empresas necesitan profesionales con un gran conocimiento de las bases del derecho laboral y de los distintos procesos en los que hay que actuar.

Este programa de asesoría jurídica ofrece la información necesaria para que los alumnos solventen temas relacionados con la aplicación de normativas, leyes y reglamentos de materia de Derecho.

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En este curso de asesoría jurídica mostramos que la empresa necesita estar atribuida a un empresario. Es decir, a una persona natural o jurídica con capacidad jurídica en cuyo nombre se realiza la actividad empresarial. También asume los derechos y obligaciones vinculados a esa actividad y la responsabilidad correspondiente.

Los alumnos de asesoría jurídica aprenderán que no es necesario que el empresario sea el propietario de la empresa. Es suficiente con que la actividad empresarial se desarrolle en su nombre. Con esto asumirá los derechos y obligaciones derivados de su intervención en el mercado. El empresario puede perfectamente ser el arrendatario o usufructuario de la empresa.

Por otro lado, mostramos en este curso de asesoría jurídica que puede haber una persona en cuyo nombre se desarrolla la actividad y, por tanto, debe responder de las obligaciones asumidas. Esta figura la denominamos testaferro. Veremos que el auténtico empresario.

Un experto en asesoría jurídica tiene que saber que en este caso, podrán imputarse las responsabilidades al verdadero empresario. Siempre que acudan a la aplicación de las normas que prohíben el fraude de ley.

La responsabilidad del empresario

En este curso de asesoría jurídica vemos que el empresario, persona física o jurídica desarrolla una actividad de la que además es el titular. Por tanto, asume el riesgo empresarial derivado de las acciones u omisiones empresariales legalmente tipificadas que puedan generar daño a terceros.

Si un mismo empresario es titular de diversas empresas, la responsabilidad resultante de la explotación de todas ellas corresponde a ese empresario. Por ello, en este curso de asesoría jurídica mostramos que la responsabilidad derivada de la explotación de cada una de las empresas por separado no es independiente. Sino que todos los bienes y derechos integrados en todas esas empresas, como pertenecientes al mismo empresario, responden de todas las obligaciones surgidas de la actividad empresarial en cualquiera de ellas.

Este principio es aplicable con carácter general tanto a la responsabilidad de los empresarios individuales como a la de los empresarios sociales.

En este curso de asesoría jurídica veremos que hay sociedades en la que los socio son responden de las deudas sociales. En estos casos, la sociedad responderá con todo su patrimonio. Sin embargo, si ese patrimonio es insuficiente, no se podrá formular reclamación alguna a los socios que hubieran realizado su aportación social.

La persona y la personalidad en derecho

Es muy importante distinguir entre la persona y la personalidad en la asesoría jurídica. En este programa resaltamos que la persona y lo que lo rodea son la principal razón del Derecho en general. La principal función del Derecho es, ser un instrumento de organización justa de la convivencia social que permite resolver los conflictos interpersonales.

La persona socialmente considerada representa la causa última y remota de la construcción del Ordenamiento jurídico. Por ello, en este curso de asesoría jurídica destacamos que han de ser tenidos en cuenta como posibles sujetos de derechos y obligaciones:

  • Persona física: los seres humanos propiamente dichos.
  • Persona jurídica: ciertas entidades, agrupaciones o colectivos a los que el derecho ha personificado.

Un experto en asesoría jurídica no puede confundir los términos persona y personalidad. Aunque sean consecuencia el uno del otro y en algunas ocasiones se utilicen como sinónimos.

  • Persona es “todo ser capaz de derechos y obligaciones”.
  • Personalidad es “la aptitud para ser sujeto, activo o pasivo, de relaciones jurídicas”.

En este curso de asesoría jurídica veremos que cuando se es persona, se tiene personalidad. Desde el punto de vista de la asesoría jurídica se sostiene que todo hombre es persona. La personalidad no es solo una cualidad que el ordenamiento jurídico pueda atribuir de una manera arbitraria. Se trata de una exigencia de la naturaleza y dignidad del hombre que el Derecho no tiene más remedio que reconocer.

Diferencias entre capacidad jurídica y capacidad de obrar

Otro aspecto fundamental que abordamos en este curso de asesoría jurídica son las diferencias entre la capacidad jurídica y la capacidad de obrar. La doctrina distingue entre la capacidad:

  • Jurídica o de derecho: aptitud para ser sujeto de derechos y obligaciones que tiene toda persona por el hecho de existir.
  • De obrar o de ejercicio: capacidad para gobernar esos derechos y obligaciones de que es el titular.

En este curso de asesoría jurídica veremos que todo ser humano tiene plena capacidad jurídica o personalidad. También veremos que la capacidad de disfrute de determinados derechos es susceptible de restricciones, a título excepcional y en virtud de disposición expresa de la ley. Por ejemplo, algunos derechos como el matrimonio, la adopción… solo se conceden a las personas a partir de una determinada edad.

Existen algunos casos como menor de edad o demencia que no obstan a esa capacidad genérica. En el caso de que no tengan la aptitud natural o jurídica, los derechos pueden ejercitarlos y las obligaciones cumplirlas a través de su representante legal. Veremos en este programa de asesoría jurídica que se le nombra un tutor u otra equivalente. El ordenamiento no quiere que nadie quede desasistido. Por eso, suple las incapacidades de las personas físicas mediante las representaciones legales.

Los alumnos de asesoría jurídica también conocerán que al concepto de capacidad jurídica suele contraponerse el de capacidad de obrar. Referida a un concreto acto o negocio, significa que una persona es capaz de realizarlo por sí. Es decir, que no precisa la intervención, en lugar suyo, de su representante legal.

Tratamiento tributario de la empresa mercantil

En este curso destacamos que un experto en asesoría jurídica tiene que conocer el tratamiento tributario de la empresa mercantil.

Como veremos a lo largo de este curso de asesoría jurídica el empresario es la persona con capacidad jurídica en cuyo nombre se realiza la actividad empresarial. Es la persona que asume los derechos y obligaciones vinculados a esa actividad. Y, por consiguiente, asume la responsabilidad que corresponda a título personal y con todos sus bienes presentes y futuros por las obligaciones resultantes de la actividad empresarial.

Esa confusión jurídica del patrimonio personal y el afecto a la actividad empresarial, conforme al principio de responsabilidad universal previsto en el Art. 1911 del Código Civil supone que el empresario responde con todo su patrimonio.

En este curso de asesoría jurídica veremos que se incluyen los bienes comunes si está casado en régimen de gananciales. Salvo que conste expresamente que el cónyuge no prestó su consentimiento. Se entiende otorgado el consentimiento cuando se ejerza el comercio con conocimiento y sin oposición expresa del cónyuge que deba prestarlo.

Por lo tanto, de las obligaciones resultantes de la actividad empresarial, el empresario responde con todo su patrimonio. No solo con los bienes y derechos integrados en su empresa, sino con todo su patrimonio personal. Aunque sea ajeno a su actividad empresarial de la que resulten las obligaciones, entre otras, sus obligaciones fiscales.

Fiscalmente la actividad empresarial está sometida a diversos impuestos y gravámenes de carácter estatal, autonómico y local. Veremos que dependerán de la forma mercantil adoptada, de la opción tributaria elegida y de otros factores.

  • Potenciar sus habilidades de soporte directivo, con el fin de mejorar sus perspectivas profesionales mediante una contribución más efectiva a sus organizaciones.
  • Conocimiento y aplicación de la legislación en materia laboral, civil y mercantil.
  • Impulsar una actitud de iniciativa y gestión activa de la organización empresarial.
  • Gestión y profundización en los riesgos laborales de las organizaciones, permitiendo realizar una adecuada distribución del trabajo en la empresa, trabajadores y directivos.
  • Capacidad analítica y de síntesis para resolver problemas complejos.
  • Capacidad para alentar la motivación y la amplitud de miras.
  • Fomentar las habilidades de comunicación y negociación.
  • Directores de Recursos Humanos, Relaciones Laborales, Comunicación, Jefes de Personal y Directores de Formación.
  • Consultores y formadores.
  • Abogados laboralistas.
  • Personas interesadas en el mundo de la Asesoría Laboral y Prevención Laboral.

Asignatura 1. Derecho laboral: la relación laboral.

  • Fuentes del ordenamiento jurídico laboral.
  • El contrato de trabajo I.
  • El contrato de trabajo II.
  • Modalidades de contratación laboral.
  • Derechos y deberes laborales.
  • Representación y participación en la empresa.

Asignatura 2. Derecho civil.

  • Elementos personales y su capacidad jurídica.
  • Las cosas y los bienes. Los derechos reales.
  • Las fuentes del derecho y el código civil español.
  • Obligaciones y contratos.
  • Registro civil.

Asignatura 3. Derecho mercantil.

  • Fuentes del derecho mercantil.
  • El empresario y su estatuto jurídico.
  • Los contratos mercantiles.
  • Sociedades mercantiles.
  • El registro mercantil y su funcionamiento.

Asignatura 4. Riesgos laborales en oficina.

  • Condiciones de trabajo y salud.
  • Seguridad en el trabajo.
  • Higiene industrial.
  • Ergonomía y psicosociología aplicada.