EXPERTO EN FISCALIDAD 2018

EXPERTO EN FISCALIDAD 2018

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En este experto en fiscalidad se abordan los distintos impuestos exigidos por las Administraciones Públicas. Estos afectan a todos los ciudadanos y empresas que están sujetos a constantes cambios en su normativa y en los criterios de aplicación.

Mediante este curso se ofrecen conocimientos y competencias para mejorar la empleabilidad de aquellas personas que quieran desarrollar su carrera profesional en fiscalidad. Tanto en los departamentos de administración de PYMES. Así como en despachos profesionales dedicados al asesoramiento empresarial.

Hazte experto en fiscalidad online

Este experto en fiscalidad online está dirigido para aquellas personas que desean conocer en profundidad todos los impuestos obligatorios por la Administración Pública. Por tanto, está dirigido a particulares, autónomos o empresas.

Es una gran ocasión para conseguir ese trabajo o ascenso tan esperado. Este experto en fiscalidad de 200 horas supone una gran mejora en el currículum profesional.  Este tipo de profesionales están en continua demandan en las organizaciones. Son necesarios para poder cumplir con la normativa tributaria.

Las empresas necesitan especialistas en la materia para evitar errores. La fiscalidad es un tema muy importante para cualquier persona o empresa. Los errores pueden tener consecuencias negativas. Por este motivo, nace nuestro experto en fiscalidad. Tratamos de dar cubrir estas necesidades.

En el caso de que las empresas no contraten a estos expertos en plantilla requieren a un tercero. Es decir, tienen que contratar a profesionales externos de asesoramiento empresarial.

La modalidad de este experto en fiscalidad es online. Esto supone una gran ventaja puesto que se puede estudiar en cualquier lugar. Los alumnos se organizan su tiempo de estudio en base a su vida profesional y personal. A través del campus virtual se proporciona contenido interactivo y materiales.

Por otro lado, los profesores son especialistas en la material. Cuentan tanto con experiencia como  alta formación en fiscalidad. Su objetivo es que los alumnos aprovechen al máximo el curso para realicen sus tareas con éxito. Por ello, proporcionarán un trato personalizado y seguirán el proceso de aprendizaje de cada uno.

Además, resolverán dudas mediante tutorías y colgarán recursos en el foro. Los egresados podrán comentar en el foro y compartir cosas con sus compañeros.

Qué son los procedimientos tributarios

Es muy importante que una persona desempeñe funciones en fiscalidad tenga conocimientos sobre los procedimientos tributarios, su estructura, etc. Y, por otro lado, es clave que conozca el funcionamiento de la facturación y la obligación de presentar documentos como el modelo 347.

Los procedimientos tributarios son procedimientos administrativos. Se definen como el “cauce formal de la serie de actos en que se concreta la actuación administrativa para la realización de un fin”. Así se recoge en la Exposición de motivos de la Ley de Procedimiento Administrativo de 17 de julio de 1958.

La necesidad de adaptar los procedimientos tributarios a las normas administrativas tuvo como resultado la aprobación de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (LGT). Esta se erige como el pilar fundamental del ordenamiento tributario.

Estructura de los procedimientos tributarios

Analizaremos la estructura de los procedimientos tributarios de conformidad con lo previsto en los artículos 98, 99 y 100 de la LGT. Veremos que son tres las fases en que pueden dividirse los procedimientos tributarios en este experto en fiscalidad:

  • El inicio del procedimiento. Los procedimientos tributarios pueden iniciarse de oficio. Es decir, por parte de los órganos competentes de la Administración Tributaria o a instancia del obligado tributario.
  • Desarrollo del procedimiento. En el desarrollo de las actuaciones en materia tributaria, la Administración posibilitará al obligado tributario el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. La regulación que contempla tales facultades incluye los artículos 34 y 99 de la LGT.
  • Terminación del procedimiento. De conformidad con el artículo 100 de la LGT la conclusión de los procedimientos tributarios puede sobrevenir por “la resolución, el desistimiento, la renuncia al derecho en que se fundamente la solicitud, la imposibilidad material de continuarlos por causas sobrevenidas, la caducidad, el cumplimiento de la obligación que hubiera sido objeto de requerimiento o cualquier otra causa prevista en el ordenamiento tributario”.

Obligación de facturar

Otro tema importante que estudiaremos en este experto en fiscalidad es la obligación a facturar. Los sujetos pasivos del Impuesto Sobre el Valor Añadido (IVA), incluidos los acogidos al régimen especial del impuesto, están obligados a emitir facturas. Los empresarios o profesionales tienen que entregar las facturas realizadas por su actividad. Por ello, requieren asesoramiento fiscal.

En la Ley del IVA también se reconoce que la obligación de emitir facturas puede ser satisfecha por parte del cliente de la empresa o del profesional. Esto será siempre que exista un contrato previo entre ambos. Se tiene que entregar el profesional para quien se llevó a cabo la operación una copia de la factura a la empresa o profesional que la llevó a cabo.

Por otro lado, la obligatoriedad de emitir factura no sólo responde a la culminación de la transacción. También hay que expedir factura por los pagos anticipados a las entregas de bienes o prestaciones de servicios. Salvo de las entregas de bienes exentas de lVA.

Plazos de expedición y envíos de facturas

También abordaremos en detalle en este experto en fiscalidad los plazos de expedición y envíos de facturas. En términos generales, las facturas han de expedirse en el momento de realización de la operación. Sin embargo, si el destinatario de la operación es un profesional o una empresa las facturas habrán de emitirse antes del día 16 mes siguiente a aquél en que se haya producido el devengo del impuesto correspondiente a la citada operación.

Si se trata de entregas intracomunitarias de bienes, la factura deberá expedirse antes del día 16 del mes siguiente a aquél en que se inicie la expedición o el transporte de los bienes con destino al adquirente.

La factura electrónica

Las nuevas tecnologías de la información y la comunicación han penetrado en todos los ámbitos de la sociedad. Se han introducido cambios significativos en la gestión empresarial. Como por ejemplo, el sistema de facturación. Por ello, Es muy importante tener conocimientos sobre el funcionamiento de la factura electrónica.

Como estudiaremos la factura electrónica es aquella que haya sido emitida y remitida en formato electrónico. Cada vez es más frecuente que las empresas y profesionales opten por la factura electrónica para cumplir con sus obligaciones de facturación.

Obviamente, la factura electrónica ha de cumplir con todos los requisitos exigidos por el RD 1919/2012 en términos de contenido, plazos etc.

No obstante, analizaremos como difieren los medios que garantizan la autenticidad del origen y la integridad del contenido. Así, las cualidades anteriores quedarían validas a través de la firma electrónica. Es mediante un intercambio electrónico de datos (EDI). También a través de otros medios que los interesados hayan comunicado a la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Tiene que ser con carácter previo a su utilización y hayan sido validados por la misma.

Modelos en fiscalidad: el modelo 347 y el plazo de presentación

El artículo 93 de la LGT establece quien está obligado a presentar toda clase de datos, informes, etc. con trascendencia tributaria. Como por ejemplo, la declaración anual de operaciones con terceros. También viene establecido en otros reglamentos que abordaremos en este curso de fiscalidad.

En el experto en fiscalidad veremos que están obligadas aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, así como las herencias yacentes, comunidades de bienes y demás entidades que, carentes de personalidad jurídica, constituyan una unidad económica o un patrimonio separado susceptibles de imposición que desarrollen actividades empresariales.

El modelo 347 se presenta con periodicidad anual. Se realiza durante el mes de febrero de cada año. Va en relación con las operaciones realizadas durante el año natural anterior.

Este modelo se presenta por vía telemática por Internet o teleproceso en el plazo indicado. Sin embargo, si por motivos técnicos no puedes presentarlo, podrás hacerlo en los tres días naturales siguientes a la finalización del mismo.

En este experto en fiscalidad se abordan muchos aspectos necesarios para realizar una buena gestión fiscal. Como porque ejemplo, especificaciones de los vencimientos. En este caso, cuando coincidan con un sábado o día inhábil se consideraran trasladados al primer día hábil siguiente.

Con este curso el alumno recibe una formación práctica para aplicar el sistema tributario español, en empresas o economías particulares.

El alumno realizará los distintos tributos en los programas de la AEAT y tendrá conocimiento de las herramientas de gestión para aplazar telemáticamente y gestionar la liquidez de la empresa para el pago de impuestos, conociendo todas las obligaciones tributarias de empresas y particulares.

Tras la finalización del máster, el alumno podrá encargarse de la gestión tributaria de cualquier empresa o desarrollar su función como asesor fiscal con todo tipo de clientes.

  • Licenciados en Derecho y licenciados o diplomados universitarios en carreras afines (Económicas, Empresariales…).
  • Personas que quieran iniciarse o actualizarse profesionalmente en la gestión de impuestos.
  • Expertos que habitualmente realizan los tributos de su empresa

Asignatura 1. Procedimientos tributarios y obligaciones formales.

  • Procedimientos tributarios.
  • Infracciones, sanciones, recursos y reclamaciones.
  • Facturas.
  • Declaración anual de operaciones con terceros.

Asignatura 2. Impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

  • Conceptos generales. Distintos tipos de unidad familiar.
  • Rentas exentas.
  • Rendimientos del trabajo. Sistema de retenciones.
  • Capital mobiliario e inmobiliario.
  • Actividades económicas. Ganancias y pérdidas.
  • Deducciones.

Asignatura 3. Impuesto sobre el valor añadido (IVA).

  • Naturaleza del impuesto. Obligaciones sujetos pasivos.
  • Hecho imponible y regímenes especiales del IVA.
  • Exenciones en operaciones internacionales.
  • Adquisiciones intracomunitarias de bienes. Importaciones de bienes.
  • Repercusión del impuesto.
  • Devolución del impuesto.
  • Modificaciones del IVA - suministro inmediato de información.

 Asignatura 4. Impuesto sobre sociedades.

  • Régimen general.
  • Liquidación del impuesto.
  • Obligación contribuir. Entidades exentas.
  • Grupo de sociedades. Régimen especial fusiones, escisiones, aportaciones.