TÉCNICO EN DERECHO SOCIETARIO

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El experto en Derecho Societario muestra la relevancia que tiene la unión entre personas dedicadas al ejercicio de actividades mercantiles.

Actualmente las sociedades mercantiles están adquiriendo mucho protagonismo por ser consideradas la opción más apropiada para el ejercicio de cualquier actividad económica.

Este programa proporciona conocimiento necesario sobre las diferentes legislaciones en materia mercantil.

Estudiar Derecho Societario online

Primeramente, en este curso los estudiantes se acercarán a conceptos básicos para entender en su totalidad el Derecho Societario. Entre los más destacados se encuentra la sociedad mercantil, ya que se usa en dos sentidos: persona jurídica y contrato.

La sociedad mercantil como contrato es el acuerdo que celebran los socios. Por otra parte como persona jurídica es la agrupación que surge de ese contrato. Esto significa que es una persona jurídica diferente de la de los miembros que la integran.

Por otra parte, el fenómeno asociativo es la unión entre personas con el fin de obtener mayores beneficios. Las sociedades mercantiles están reguladas por el Código de Comercio y siempre tienen un fin lucrativo. Se le podría llamar también Persona Jurídica, ya que están creadas por mínimo dos personas “socias”. Las personas involucradas combinan recursos para lograr un bien común.

Otros tipos de sociedades: Colectivas y Comanditarias Simples

En Derecho Societario veremos que existen otros tipos de sociedades, por ejemplo, la sociedad colectiva. A menudo han sido catalogadas como sociedades personalistas y es la sociedad más antigua. Nace de las antiguas comunidades familiares y se construye por la condición personal de sus socios.

Los socios bajo una misma razón social se comprometen  a ser partícipes de los mismos derechos y obligaciones en la proporción que establezcan. Existen cinco características fundamentales de estas sociedades que veremos en este curso experto de Derecho Societario:

  • Una razón social, toma de decisiones en nombre colectivo.
  • Sociedad de trabajo, prima la igualdad, salvo cuando explícitamente se acuerda de otra manera.
  • Igualdad de derechos y obligaciones de gestión.
  • Es una sociedad con autonomía cuando tiene patrimonio propio.
  • Sociedad personalista, no se transmite la cualidad de socio sin consentimiento de todos los socios.
  • Inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil.

Por otra parte, la sociedad comanditaria simple también personalista y se caracteriza por la coexistencia de socios colectivos. Este tipo de sociedad, como indica este curso de Derecho Societario, no está obligada a auditar sus cuentas anuales. De la misma manera que no es imperativo que deposite sus cuentas en el Registro Mercantil. Con excepción que en la fecha de cierre de ejercicio todos los socios colectivos sean sociedades españolas o extranjeras.

Entre los derechos de los socios está participar en el funcionamiento de la sociedad, salvo estipulado lo contrario. Examinar el estado de la contabilidad y administración y participar en los beneficios.

En igual sentido, entre sus deberes está participar en la gestión si está estipulado. Contribuir con la aportación comprometida en el momento de constitución y abstenerse de hacer competencia a la sociedad. Así como responder con su

¿Qué tipos de acciones se estudiarán en este curso experto de Derecho Societario?

¿Qué son las acciones? Como veremos en Derecho Societario, son los derechos sobre la empresa o sociedad que las emitió. No es más que el derecho a percibir las utilidades del negocio de manera anual o semestral. Son además los derechos a participar con voz y voto en las asambleas.

Es un derecho de propiedad sobre la empresa en forma proporcional al total de acciones en circulación. Y, a su vez, son un título valor que se convierte en una inversión más o menos rentable. La rentabilidad depende de los resultados del negocio y la imagen de la empresa.

Clases de acciones:

  • Ordinarias o comunes: dependen de los resultados del negocio y tienen un riesgo implícito dado por la incertidumbre de los resultados. En otras palabras, son las acciones propiamente dichas.
  • Acciones preferentes: ofrecen al tenedor prioridad a la hora de recibir intereses y, sobre todo, en el momento de su venta. Representan un valor patrimonial prioritario sobre las acciones comunes en relación con el pago de dividendos.

En todo caso aprenderemos en este curso de Derecho Societario que el valor de las acciones se determina con el tiempo y a largo  plazo. El concepto más  llano es que se pueden considerar un “ahorro para el futuro”. La mayor desventaja de las acciones está relacionada con la incertidumbre de los negocios.

Las regulaciones dependen del país, en España, por ejemplo las participaciones han sido emitidas por Cajas de Ahorros. El desconocimiento de los inversores sobre las condiciones de su contratación ha generado diversas opiniones entre los economistas. Considerando esta práctica una estafa llevada a cabo por las entidades financieras. Esto a su vez ha generado un debate alrededor de la protección legal de los ciudadanos.

Las obligaciones mercantiles  

Las obligaciones se regulan mediante un Derecho Privado, pero también existen normas reguladoras. El concepto de la obligación tendrá una vertiente de débito y una de crédito. Existen dos códigos; un Derecho Civil y un Derecho de Comercio que encuentran su origen en el código suizo de las obligaciones.

En España, desde el punto de vista doctrinal se ha defendido esta tendencia. Las especialidades de las obligaciones son:

  • Especialidades en cuanto a tiempo de cumplimiento.
  • Fatalidad de los términos de cumplimiento.
  • Términos esenciales.

Como se explica en este curso experto de Derecho Societario, atendiendo a la productividad de los intereses: los préstamos no devengarán intereses si no se hubieren pactado por escrito.

Un término recurrente es la solidaridad en las obligaciones mercantiles. En las obligaciones mercantiles, las sociedades de capital necesitan recursos para financiar  las distintas actividades. Esta financiación puede tener un doble origen; por una parte los fondos patrimoniales propios y, por otra, los empréstitos.

Entre las obligaciones, podemos mencionar algunas que aparecerán en este curso de Derecho Societario:

  • Titulizadas.
  • Ordinarias.
  • Garantizadas.
  • Subordinadas.
  • Simples.
  • Convertibles en acciones.
  • Canjeable  por acciones.
  • Con warrant.

Globalización y Derecho Penal Económico

Por último, abordaremos el proceso de la Globalización y el Derecho Penal. El proyecto de integración más avanzado de nuestros días es la Unión Europea (UE). ¿Puede el proceso de globalización afectar al Derecho Penal? La respuesta es sí, la pregunta más importante es cómo.

El Derecho, como sabemos, es un instrumento de ordenación jurídica que conserva o modifica las realidades preexistentes. La globalización económica, por su parte, es la dimensión más pronunciada y relevante del proceso de globalización en general. Es la creación de un mercado mundial en el que circulen libremente los capitales financieros. Una consecuencia, entre las muchas que veremos en Derecho Societario, es el predominio de las empresas multinacionales frente al Estado.

La globalización neoliberal la veremos en este curso de Derecho Societario también. Concepción en la cual la sociedad era entendida como una ordenación espontánea  que dotaba de racionalidad sus propias leyes naturales. En esta vertiente, El Estado era entendido como otra organización racional distinta aparte de la sociedad.

Hay que señalar que globalización y neoliberalismo no son sinónimos entre sí. Aunque en la actualidad se produzcan concordancias constantes entre la Globalización como fenómeno físico y las ideologías de neoliberalismo. Dicho de otra manera, la globalización ha hecho el modelo neoliberal el modelo más aplicado a escala mundial. No siendo este el único, pero sí el que ha triunfado y llegado a todos mediante el proceso de globalización.

 

 

  • Conocer las distintas tipologías de sociedades, el funcionamiento interno a nivel de derecho y la organización mercantil recogida en la ley.
  • Profundizar en los diferentes tipos de relaciones y contratos mercantiles establecidos en la ley, profundizando en el contrato de transporte y el de colaboración.
  • Introducción al derecho penal de las sociedades mercantiles, estudiando los aspectos económicos legislativos que influyen en las organizaciones a nivel internacional.
  • Manejar el derecho concursal y la gestión de sociedades en situación de dificultad económica.
  • Abogados, economistas y asesores de empresas relacionados con derecho societario y concursal.
  • Expertos del ámbito jurídico y mercantil que quieran mejorar o actualizar sus competencias y habilidades en este campo.  
  • Estudiante de Derecho, ADE, Económicas, Relaciones Laborales u otras carreras similares para completar su formación académica.

* Título del programa en la Universidad Nebrija: "CURSO DE FORMACIÓN CONTINUA EN DERECHO SOCIETARIO"

 

Asignatura 1. Derecho societario.

  • Teoría general de las sociedades mercantiles.
  • La sociedad colectiva y la comanditaria simple.
  • La sociedad de capital.
  • La acción. Clases de acciones.
  • Organismos sociales: estructura corporativa de la sociedad.

 Asignatura 2. Contratación mercantil.

  • Las obligaciones mercantiles.
  • Tipos de contratos mercantiles.
  • Contratos de colaboración.
  • Transporte terrestre, aéreo y marítimo.
  • El contrato de transporte.

 Asignatura 3. Derecho penal económico.

  • Globalización y derecho penal económico.
  • Imputación penal de las personas jurídicas.
  • Delitos societarios y delitos concursales.
  • Responsabilidad penal de directivos, mandos intermedios y ejecutores.

 Asignatura 4. Derecho concursal.

  • Insolvencia y derecho internacional privado.
  • Insolvencia europea.
  • Insolvencia internacional.
  • Insolvencia internacional: MERCOSUR.